domingo, 26 de julio de 2009

Manual de Contratacion






MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION










INSTITUCION EDUCATIVA
BELLO HORIZONTE










VALLEDUPAR CESAR
2009



TABLA DE CONTENIDO
I. PRESENTACION……………………………………………………
II. ALCANCE…………………………………………………………………………
Capítulo 1. Aspectos Jurídicos.........................................................................

1.1 Marco legal………………………………………………………………………
1.2 Competencia para contratar ……………………………………………………
1.3 De los principios de la contratación………………………………………….
1.4 De las inhabilidades e incompatibilidades…………………………………..
1.5 De las responsabilidades……………………………………………………..

Capítulo 2. De las disposiciones comunes a los contratos…………………….

2.1 Requerimientos para perfeccionamiento en contratación directa
y licitación pública o concurso de méritos………………………………….
2.2 De las garantías…………………………………………………………………
2.3 Proceso de contratación………………………………………………………..
2.3.1 Contratación directa……………………………………………………………
2.3.2 Licitación pública o concurso de méritos……………………………………
2.4 Etapas de la contratación…………………………………………………….
2.4.1 Contratación directa ……………………………….………………………………
2.4.2 Contratación directa por …………………………..……………………………..
2.4.3 Licitación pública o concurso de méritos……………………………………
2.4.4 Convenios………………………………………………………………………
2.4.5 Tiempos para los procesos de contratación………………………………..
2.4.6 Calificación…………………………………………………………………….
2.4.6.1 Criterios de verificación………………………………………………………
2.4.6.2 Criterios de evaluación……………………………………………………….
2.4.7 Valor pliego de condiciones………………………………………………….

Capítulo 3. Interventoría y Vigilancia…………………………………………………

3.1 De la Interventoría……………………………………………………………..
3.2 De las Veedurías Ciudadanas………………………………………………..
3.3 Funciones generales del interventor…………………………………………

Capítulo 4. Información de apoyo……………………………………………………..
4.1 Formatos de contratos…………………………………………………………
4.2 Glosario………………………………………………………………………….

BIBLIOGRAFIA…………………………………………………………………………..

PRESENTACIÓN
Este manual de procedimientos de contratación diseñado para la institución Bello Horizonte es el compendio de la normatividad legal que regula la contratación pública en Colombia, de obligado acatamiento para las entidades que son sujeto directo de su mandato.
El soporte jurídico que lo sustenta comprende dos áreas plenamente perceptibles: La ley 80 de 1993 y las disposiciones que la reglamentan y complementan como ámbito general, y en especial el decreto 2474 del 7 de Julio de 2008 apoyado en Decreto 4791 de 19 diciembre del 2008, que en uno de sus apartes configura la autonomía de la administración sobre aquella contratación que no supere los 20 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Todo este conjunto jurídico se constituye para la institución en instrumento integral para el ejercicio de las buenas prácticas de contratación.











ALCANCE
El presente manual tiene por objeto disponer de la normatividad que para la institución regirá en materia de Contratación Administrativa y convenios en todas sus formas; que se convierta en útil guía para la ejecución de la contratación proyectada y que ésta sea el reflejo de las acciones de una administración coherente con las políticas de racionalización y modernización de las entidades promulgadas por el Estado.

























Capítulo 1. Aspectos jurídicos

1.1 MARCO LEGAL

El marco legal aplicable a los procesos contractuales que adelante la institución se obtiene a partir de la definición de la normatividad que rige dicha contratación. Ellas son:
Ley 80 de 1993
Estatuto General de la Contratación Pública
Decreto 679 de 1994
Reglamentario de la ley 80 de 1993
Decreto 111 de 1996
Estatuto orgánico del Presupuesto
Ley 715 de 2001
Sistema General de Participaciones
Decreto 4791 de 2008
Reglamentario de la ley 715 de 2001
Decreto 2170 de 2002
Reglamentario de la ley 80 de 1993
* Decreto 2474 de 2008
Ley 789 de 2002
Apoyo al empleo y ampliación de la protección social
Ley 828 de 2003
Por la cual se expiden normas para el Control a la Evasión del Sistema
de Seguridad Social.









1.2 COMPETENCIA PARA CONTRATAR

El representante legal de la Institución Bello Horizonte, el Rector, es la persona que legalmente detenta la competencia para contratar a nombre de la entidad y asumir las responsabilidades propias de un proceso de esta naturaleza.
Pero en gracia de la facultad de asignar labores especiales a funcionarios idóneos y también de la intensidad del ejercicio del cargo, la ley contempla la opción de delegar la ejecución de procesos a algún subordinado, cual se observa en la ley 80 de 1993, el decreto 679 de 1994, Decreto 4791 de 19 de Diciembre de 2008, Decreto 2474 del 7 de Julio de 2008 y el decreto 2150 de 1995.

1.3 DE LOS PRINCIPIOS DE LA CONTRATACION

Las actuaciones de quienes intervengan en la contratación, se desarrollarán con arreglo a los principios consagrados en la Constitución, la Ley 80 de 1993, la Ley 30 de 1992, el decreto 2474 del 7 de Julio de 2008 y los principios de la Buena Fe, Transparencia, Economía, Responsabilidad, Autonomía, respeto por los derechos de los particulares, planeación, celeridad, Calidad de la adquisición de los Bienes y Servicios, salvo aquellos contratos que no excedan los 20 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), los cuales se reglamentan en este manual conforme a la facultad otorgada por el decreto 4791 del 19 de Diciembre de 2008 y el decreto 2474 del 7 Julio de 2008.

PRINCIPIO DE LA BUENA FE: Las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de la Buena Fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquellos adelanten.

PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA: Los procesos de contratación se realizarán con base en reglas de público conocimiento, claras y objetivas, en cuanto a los procedimientos, requisitos, actuaciones y selección objetiva de la propuesta más favorable. Deberá asimismo, garantizarse la igualdad de oportunidades para la presentación de las ofertas y para su evaluación, de acuerdo con lo previsto en la solicitud a los oferentes, entre las personas que reuniendo los requisitos, tengan capacidad de celebrar y ejecutar contratos con la Institución Bello Horizonte.

PRINCIPIO DE ECONOMÍA: La contratación sólo contendrá los procedimientos estrictamente necesarios, para lo cual se señalarán términos perentorios para las diferentes etapas de contratación. Así mismo, los funcionarios de la Institución Bello Horizonte deberán dar el impulso oficioso y eficaz a las correspondientes actuaciones, de tal forma que los procedimientos sirvan para agilizar las decisiones y actuarán de tal manera que el desarrollo de las actividades contractuales corresponda a los objetivos, prioridades, estrategias y orientaciones establecidas por la Institución y la ley.

PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD: Todos los servidores públicos de la Institución que intervengan en cualquier etapa del proceso de contratación responderán por sus actuaciones y omisiones y deberán indemnizar por los daños que se causen por razón de ellas, al contratista y a terceros, sin perjuicio de las sanciones que de su actuación u omisión se deriven.

PRINCIPIO DE AUTONOMÍA: En desarrollo de este principio, la contratación se regirá por la autorregulación establecida en las normas del presente manual. En todos los procedimientos se respetará la Autonomía Administrativa; por ello no se efectuarán compromisos que la afecten y las controversias serán, en principio, dirimidas internamente.

PRINCIPIO DE RESPETO POR LOS DERECHOS DE LOS PARTICULARES: En virtud de este principio, se garantizará la publicidad de las necesidades de contratación, la objetividad en el estudio y selección de las propuestas y la exigencia únicamente de los documentos indispensables para las ofertas y para la contratación.

PRINCIPIO DE PLANEACIÓN: Los procedimientos contractuales deberán estar precedidos por una adecuada planeación en la cual se verifique su adecuación a los planes, programas y proyectos de la institución y de su presupuesto.

PRINCIPIO DE CELERIDAD: En todos los trámites contractuales se observará la máxima diligencia de los funcionarios que en ella intervienen, así como la utilización del menor tiempo posible.

PRINCIPIO DE LA CALIDAD DE LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS: Los funcionarios encargados de la selección de los contratistas tendrán en cuenta el interés público y por ello, velarán por la economía y calidad en la adquisición de bienes y prestación de servicios. Así mismo, determinarán la conveniencia y oportunidad de los contratos.

1.4 DE LAS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
Son consideradas inhabilidades e incompatibilidades, las establecidas en la Constitución Política, decreto 2474 de 2008, Decreto 4791 del 19 de Diciembre de 2008 y la Ley 80 de 1993.
1.4.1 De las inhabilidades e incompatibilidades sobrevinientes
Si llegare a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en el contratista, éste cederá el contrato previa autorización escrita de la entidad contratante o si ello no fuere posible, renunciará a su ejecución.
Cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga en un proponente dentro de una licitación o concurso, se entenderá que renuncia a la participación en el proceso de selección y a los derechos surgidos del mismo.
Si la inhabilidad o incompatibilidad sobreviene en uno de los miembros de un consorcio o unión temporal, éste cederá su participación a un tercero previa autorización escrita de la entidad contratante. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal.

1.5 DE LAS RESPONSABILIDADES
Servidores Públicos: Los servidores públicos en materia contractual tienen responsabilidad civil, penal, patrimonial y disciplinaria por sus acciones y omisiones.
Responsabilidad de los contratistas, consultores, interventores y asesores externos: Todos ellos responden civil, patrimonial, penal y disciplinariamente cuando haya lugar a ello.
Acción De Repetición: Si la institución fuere condenada judicialmente, la Rectoría, a través de la Secretaría General, deberá iniciar la acción de repetición contra el servidor público responsable siempre y cuando éste haya actuado con dolo o culpa grave, y no haya sido llamado en garantía dentro del proceso

Capítulo 2. DE LAS DISPOSICIONES COMUNES A LOS CONTRATOS

2.1 Requerimientos para el perfeccionamiento en Contratación Directa y Licitación Pública o Concurso de Méritos.
Garantía Unica: Constitución por parte del contratista y acto administrativo de aprobación de la misma por parte de la institución.
Póliza de manejo y buena inversión del anticipo
Registro Presupuestal
Seguridad Social y Parafiscales: En cumplimiento de la ley 828 de 2003, el Contratista debe aportar documentos que aseguren el pago actualizado por estos conceptos, pero cuando el contrato no supere los 30 días no deberá aportar la seguridad social, ni aportes para fiscales.
Habilitación para contratar : El Contratista demostrará que a la fecha no se encuentra inhabilitado, anexando documentos como el Paz y Salvo de la Contraloría Departamental o Municipal de Valledupar, en el caso de la contratación igual o superior a cuatro SMMLV o cualquier documento que en el futuro dispongan las normas.
Certificado de Antecedentes Disciplinarios: En el cual la Procuraduría General de la Nación manifiesta que el contratista persona natural ciones que el ddiciones que el derecho comercial impone para su constituci no está sancionado ni inhabilitado a la fecha de la contratación.
Idoneidad Profesional o Experiencia: Documentos con los cuales la persona natural contratista demuestra su competencia para cumplir a satisfacción con el objeto del contrato. Cuando sea persona jurídica, serán aquellas derivadas de las condiciones que el Derecho Comercial impone para su constitución y existencia.

Pago de impuesto de timbre, si a ello hubiere lugar.

Paz y salvo municipal o departamental por todo concepto cuando él aplique.

Registro Único Tributario - RUT.

Hoja de Vida.

Propuesta de Trabajo.

2.2 DE LAS GARANTIAS
La institución exigirá las garantías necesarias para el cumplimiento a cabalidad de todo proceso contractual cuya cuantía determine la exigencia de garantías o en aquellos en que la Institución lo considere necesarias, discriminadas así:

De seriedad de la propuesta: Por un valor igual al 10% del valor de la oferta vigente hasta la fecha señalada para la adjudicación del contrato.

De cumplimiento general de las obligaciones adquiridas por el contrato: En cuantía no inferior al veinte por ciento (20%) de su valor y con vigencia igual a la duración del contrato y cuatro (4) meses más. En los contratos que sean objeto de liquidación, esta garantía se extenderá hasta un término de cinco (5) meses adicionales a su duración.

De buen manejo y correcta inversión del anticipo: Por un valor igual al ciento por ciento (100%) de su monto y con vigencia igual a la duración del contrato. Esta garantía se extenderá hasta que se resuelva la suspensión o en su defecto, hasta la terminación del mismo y treinta (30) días más.

De calidad de los bienes y servicios, repuestos y accesorios y el correcto funcionamiento de los equipos: Por cuantía del cincuenta por ciento (50%) del valor del contrato y con una vigencia no inferior a un (1) año contado a partir de la terminación del mismo.

De la calidad de los materiales utilizados: Por un valor igual al veinte por ciento (20%) del valor total ejecutado del contrato y con una duración no inferior a un (1) año contado a partir de la terminación de este en aquellos en los cuales haya lugar.

De estabilidad de la obra: Que no podrá ser inferior al cincuenta por ciento (50%) del valor final de la misma y cuya vigencia no podrá ser inferior a cinco (5) años, a partir de la terminación del contrato o del acta de entrega por parte del contratista o de recibo a satisfacción por parte del Rector.

De salarios y prestaciones sociales, en el caso de que se requieran: En cuantía no inferior al cinco por ciento (5%) del valor del contrato y se extenderá por el término de la vigencia del mismo y tres (3) años más. Se exigirá al contratista cuando la prestación la realicen terceras personas.

En los contratos que se considere necesario, se podrá pactar una garantía de responsabilidad civil frente a terceros, derivada de la ejecución del contrato, que no podrá ser inferior al siete por ciento (7%) del valor de este y por la misma duración del contrato y cinco (5) meses más.

Las demás garantías que en casos especiales y por la naturaleza del contrato sean exigibles.

En caso de suspensiones o modificaciones que se realicen a los contratos, las garantías deberán modificarse reflejando dichas actuaciones.

2.3 PROCESO DE CONTRATACIÓN

Modalidades de Contratación

La institución adelantará sus procesos contractuales bajo las siguientes modalidades:
CONTRATACION DIRECTA POR MINIMA CUANTIA
· LICITACION PÚBLICA O CONCURSO DE MÉRITOS.

2.3.1 CONTRATACIÓN DIRECTA POR MINIMA CUANTIA

En razón de su presupuesto, la institución tiene determinada como menor cuantía para contratación directa por minima cuantía, un valor igual o inferior a 20 salarios mínimos mensuales legales vigentes; esta modalidad adquiere en la institución dos formas:

2.3.1.1 Contratos por Minima Cuantía.
Serán considerados contratos por minima cuantía aquellos que de acuerdo al Decreto 2474 del 7 de Julio de 2008, y el Decreto 4791 del 19 de Diciembre de 2008. (20 Salarios Mínimos Legales Vigentes)
2.3.1.2 Contratos con Licitación Pública.
Corresponden a la contratación directa cuyo valor sea superior a 20 salarios mínimos legales mensuales.
La condición de estos contratos genera exigencias mayores en cuanto al cumplimiento de las pautas contractuales contenidas en cada una de sus etapas (Preparatoria, Precontractual y Contractual) , de manera especial, en la fase Preparatoria, cuyas exigencias son similares a las del proceso de Licitación.
Hace también especial énfasis en la eficiencia del proceso de Selección Objetiva del Proponente; pero al tiempo, el artículo 24 de la ley 80 de 1993 fija excepciones en las que el proceso de selección se flexibiliza para facilitar la contratación en eventos especificados por la misma ley como los contratos intuito personae ( aquellos que contienen requerimientos especiales que solamente pueden ser desarrollados por una persona determinada ), urgencia manifiesta (acción rápida por parte de la Institución para conjurar situaciones que afecten el buen desarrollo de la actividad escolar) ,convenios interadministrativos(los que se celebran entre entidades estatales) , arrendamiento o adquisición de inmuebles.

2.3.2 LICITACIÓN PÚBLICA O CONCURSO DE MÉRITOS
Para todos los efectos legales, se entiende por licitación pública el procedimiento mediante el cual la entidad estatal formula públicamente una convocatoria para que, en igualdad de oportunidades, los interesados presenten sus ofertas y seleccionen entre ellas la más favorable. Cuando el objeto del contrato consista en estudio o trabajos técnicos, intelectuales o especializados, el proceso de selección se llamará concurso y se efectuará también mediante invitación pública. .(Parágrafo artículo 30 , ley 80 de 1993).
Para todo contrato superior a 20 salarios mínimos mensuales legales vigentes, la institución deberá proceder al proceso de licitación pública.

2.3.2.1 Categorías de las licitaciones
· Licitación pública nacional o internacional
· Concurso de méritos

2.4 ETAPAS DE LA CONTRATACION
2.4.1 CONTRATACIÓN DIRECTA POR MINIMA CUANTIA
2.4.1.1 Etapa preparatoria

REQUISITOS PARA CONTRATOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS POR MINIMAS CUANTIA ($2’000.000).


CONCEPTOS
AUXILIARES
SI
1. Estudio de conveniencia y oportunidad.

X
2. Solicitud de disponibilidad presupuestal.

X
3. Cotizaciones ( 2) dos

X
4. Disponibilidad Presupuestal

X
5. Contrato u orden de servicio

X
6. Registro presupuestal.

X
7. Documentos del proveedor.

X

Cedula de ciudadanía
X

R.U.T.
X

Cámara de comercio
X

Afiliación a salud
X

Paz y salvo de Contraloría
X

Paz y salvo de la Procuraduría.
X
8. Factura si es suministro

X
9. Entrada a almacén si son suministros

X
10. Recibido a satisfacción

X
11. Comprobante de egreso



NOTA: Para contratos de prestación de servicios, de honorarios y remuneración de servicios técnicos, debe solicitarse hoja de vida y certificado de idoneidad del proveedor (Tarjeta profesional, técnico, diploma o cursos realizados)

REQUISITOS PARA CONTRATOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS POR MINIMAS CUANTIA ($5’000.000).

CONCEPTOS
AUXILIARES
SI
1. Estudio de conveniencia y oportunidad.

X
2. Solicitud de disponibilidad presupuestal.

X
3. Cotizaciones ( 2) dos

X
4. Disponibilidad Presupuestal

X
5. Contrato u orden de servicio

X
6. Registro presupuestal.

X
7. Documentos del proveedor.

X

Cedula de ciudadanía
X

R.U.T.
X

Cámara de comercio
X

Seguridad social integral
X

Paz y salvo de Contraloría
X

Paz y salvo de la Procuraduría.
X

Certificado judicial

8. Factura si es suministro

X
9. Entrada a almacén si son suministros

X
10. Liquidación del contrato



Acta de inicio y liquidación de contratos


Pólizas de cumplimiento y de anticipo cuando proceda.


Aprobación de póliza

11. Recibido a satisfacción

X
12. Comprobante de egreso



NOTA: Para contratos de prestación de servicios, de honorarios y remuneración de servicios técnicos, debe solicitarse hoja de vida y certificado de idoneidad del proveedor (Tarjeta profesional, técnico, diploma o cursos realizados)

REQUISITOS PARA CONTRATOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS POR MINIMAS CUANTIA ($9’940.000).


CONCEPTOS
AUXILIARES
SI
1. Estudio de conveniencia y oportunidad.

X
2. Solicitud de disponibilidad presupuestal.

X
3. Cotizaciones ( 3 ) tres

X
4. Disponibilidad Presupuestal

X
5. Contrato u orden de servicio

X
6. Registro presupuestal.

X
7. Documentos del proveedor.

X

Cedula de ciudadanía
X

R.U.T.
X

Cámara de comercio
X

Seguridad social integral
X

Paz y salvo de Contraloría
X

Paz y salvo de la Procuraduría.
X

Certificado judicial

8. Factura si es suministro

X
9. Entrada a almacén si son suministros

X
10. Liquidación del contrato



Acta de inicio y liquidación de contratos


Pólizas de cumplimiento y de anticipo cuando proceda.


Aprobación de póliza

11. Recibido a satisfacción

X
12. Comprobante de egreso




NOTA: Para contratos de prestación de servicios, de honorarios y remuneración de servicios técnicos, debe solicitarse hoja de vida y certificado de idoneidad del proveedor (Tarjeta profesional, técnico, diploma o cursos realizados)



2.4.1.2 Etapa precontractual o de selección del proponente
· Recepción de propuestas
· Evaluación de las propuestas
· Adjudicación del contrato

La adjudicación se hará al oferente que haya presentado la mejor opción para la institución, es decir, que ella sea consistente con los precios del mercado.

2.4.1.3 Etapa contractual
· Elaboración y perfeccionamiento del contrato
· Seguimiento técnico y administrativo del contrato
· Recibo a satisfacción del bien o servicio objeto del contrato.
· La suscripción del contrato da vida jurídica a las obligaciones consagradas en él. Pese a su perfeccionamiento, el contrato solo podrá iniciarse una vez aprobada la garantía única constituida por el contratista y respaldada la disponibilidad presupuestal mediante la expedición del Registro correspondiente.
Para este tipo de contratos, la garantía única estará representada en pólizas expedidas por compañías aseguradoras legalmente autorizadas para prestar este servicio en Colombia.
Con el propósito de asegurar el cumplimiento del objeto contractual, aún en los contratos de esta cuantía, es recomendable designar a una persona que supervise el cumplimiento y desarrollo de estos. Si la institución no tuviere dentro de su planta de personal funcionarios idóneos, puede solicitar apoyo a la Administración Municipal.
Cumplido el plazo de duración del contrato, la institución formalizará el recibo del bien o servicio mediante la realización de un Acta firmada por el representante legal de la institución y el contratista, donde se exprese conformidad por el cumplimiento del objeto contractual.


2.4.2 CONTRATACION DIRECTA POR LICITACION PÚBLICA

2.4.2.1 Etapa Preparatoria
· Elaboración de los estudios previos, estudios de prefactibilidad o factibilidad. (Artículos 25-7, 25-12, 26-3 de la ley 80 de 1993, artículo 8 del decreto 2170 de 2002).
Este tipo de estudios incluirá como mínimo la comprobación de la necesidad de la adquisición del servicio, obra o labor a que el contrato se refiere, la conveniencia y oportunidad del contrato y su adecuación a los planes de desarrollo, inversión, de adquisición de productos o servicios y al presupuesto. Cuando sea necesario, el estudio estará acompañado de diseños, planos y evaluaciones de prefactibilidad.
· Elaboración y publicación del proyecto de pliegos de condiciones o términos de referencia (Artículo 1º del decreto 2170 de 2002).
El principio de Transparencia define a la contratación estatal como una actividad pública con la finalidad de permitir a los interesados el conocimiento del proceso. La publicación vía Internet de los datos relativos al proceso contractual busca que a través del uso de las tecnologías Web, las cuales son el medio masivo con mayor potencial de difusión, se garantice el acceso permanente a la información de todos los ciudadanos que deseen ejercer el control social y participar en el proceso. Si la entidad no tuviere página web, publicará aviso en un diario de amplia circulación nacional, departamental o municipal o comunicarlo por algún mecanismo que para el efecto determine la entidad, de manera que permita a la ciudadanía conocer su contenido.
La publicación de los pliegos de condiciones o términos de referencia del contrato posibilita a los interesados conocer las necesidades de la entidad y las condiciones en las cuales van a competir entre sí. Los proyectos de pliegos de condiciones o términos de referencia, deben ser publicados para el caso de contratación directa con una antelación no menor de cinco días a la fecha del acto que ordena la apertura del proceso contractual.
· Recepción de observaciones y sugerencias al proyecto de pliegos de condiciones o términos de referencia (Artículo 1º, numeral 1 artículo 21 del decreto 2170 de 2002).
El recibo de las observaciones de los interesados, a los pliegos de condiciones o términos de referencia, se hará en un término prudencial previamente establecido por la institución en aviso donde se menciona el día y la hora en que se cierra la recepción de las mismas. El término en tiempo coincide con el de la publicación de los pliegos de condiciones o términos de referencia.
· Ajuste y elaboración de pliegos de condiciones o términos de referencia definitivos (Artículo 24-5, artículo 26-3, artículo 30-2 ley 80 de 1993).
La institución analizará las observaciones presentadas al proyecto de pliegos de condiciones o términos de referencia y si las juzga pertinentes, podrá incluirlas en el texto definitivo de tales documentos. Tenidas en cuenta o no, las observaciones serán conservadas por la institución como documento integral del respectivo proceso contractual, en gracia a que ellos constituyen la ley del contrato y su claridad y objetividad son pilares del principio de Transparencia.
· Obtención del Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP). Artículo 25 numeral 6, ley 80 de 1993).
Su obtención es requisito indispensable para realizar la contratación. En él se debe indicar con claridad el rubro afectado.

2.4.2.2 Etapa Precontractual o Selección del Proponente
· Publicación de los pliegos de condiciones o términos de referencia en la página web de la entidad (si la hubiere) o colocación de un aviso en diarios de amplia circulación o en cualquier medio que la institución determine, en el que se indique el lugar de la entidad donde puedan ser consultados estos documentos. (Artículos 2 y 22-4 del decreto 2170 de 2002).
Esta publicación es de obligatorio cumplimiento, solo se puede prescindir de ella en aquellos procesos contractuales en los que la cuantía sea igual o inferior al 10% de la menor cuantía correspondiente a la institución (menos de 280 SMMLV). Se deben indicar en esta publicación las características generales y particulares de los bienes o servicios requeridos y condiciones en general del futuro contrato.
· Invitación de acompañamiento para el ejercicio del control social. (Artículo 66 de la ley 80 de 1993 y artículo 9 del decreto 2170 de 2002).
En esta etapa, la Institución debe cursar invitación a la ciudadanía a ejercer el control social de la contratación en curso para que emita opiniones y recomendaciones sobre el diseño y la elaboración de los proyectos de pliegos y pliegos de condiciones y facilitar la gestión ciudadana, dejando a disposición de ella la información y documentación requerida para su consulta. Los mecanismos de acompañamiento más usuales son: Asociación de Padres de Familia, Juntas de Acción Comunal, Veedurías Ciudadanas y similares.
· Distribución o venta de los pliegos de condiciones o términos de referencia.
En aras de la aplicación del principio de Transparencia, la Institución utilizará todos los medios que estén a su alcance para que los interesados (Contratistas y ciudadanía) tengan acceso fácil y oportuno a la información e invitaciones.
· Recepción de las comunicaciones de los interesados en participar. (Artículo 11-3 del decreto2170 de 2002).
Dentro de los términos de referencia se estipulará una fecha límite, en la cual los oferentes interesados en participar en el proceso puedan manifestarlo, con el fin de conformar una lista de posibles oferentes.
.
2.4.2.2.1 Presentación de las propuestas
· Recepción de las ofertas. (Artículo 4-1, decreto 2170 de 2002).
La Institución establecerá la fecha de recibo de ofertas, indicando taxativamente día y hora límites para entrega de ofertas.
· Proceso de selección
Al tenor del artículo 29 (Deber de selección objetiva) de la ley 80 de 1993, la escogencia se hace al ofrecimiento más favorable a la Institución, atendiendo los requerimientos consignados en los pliegos de condiciones o términos de referencia.
· Adjudicación del contrato y su notificación
La adjudicación del contrato recaerá sobre aquel oferente que haya presentado la mejor oferta para la entidad, de conformidad con los requisitos exigidos y los factores de escogencia señalados en los pliegos de condiciones o términos de referencia, siempre que la misma sea consistente con los precios del mercado.
· Redacción del contenido del contrato
Una vez elegido el proponente, se debe redactar el contenido del contrato, en donde se consolidan los acuerdos y cláusulas discutidos en el proceso, se fijan los derechos y obligaciones de las partes con atención a los principios de la ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios y se definen las condiciones del negocio que está suscribiendo la Institución.
2.4.2.3 Etapa Contractual
· Elaboración y perfeccionamiento del contrato. (Artículos 25-8, 25-13, 25-14, 25-19, 30-9, 40 y 41 de la ley 80 de 1993; Artículos 17 y 18 del decreto 679 de 1994).
La suscripción del contrato da vida jurídica a las obligaciones consagradas en él. Pese a su perfeccionamiento, el contrato solo podrá iniciarse una vez aprobada la garantía única constituida por el contratista y respaldada la disponibilidad presupuestal mediante la expedición del Registro correspondiente.
Para este tipo de contratos, la garantía única estará representada en pólizas expedidas por compañías aseguradoras legalmente autorizadas para prestar este servicio en Colombia. Con la suscripción de ella, el contratista avala el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, la cual se mantendrá vigente durante su vida y liquidación y se ajustará a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado.
Seguimiento Técnico, Jurídico y Administrativo del contrato
Esta fase corresponde a la vigilancia y acompañamiento a la ejecución del contrato por parte del contratista, de la cual depende su adecuado cumplimiento.
Con el propósito de asegurar el cumplimiento del objeto contractual y en caso de requerirse el señalamiento de las responsabilidades por la no ejecución o cumplimiento parcial del mismo, es obligatoria la designación de un Supervisor o Interventor quien deberá emitir en forma periódica informes en los que se consignen las observaciones al cumplimiento y desarrollo del contrato. Si la institución no tuviere dentro de su planta de personal funcionarios idóneos, puede solicitar apoyo a la Administración Municipal o contratar los servicios de un interventor externo debidamente calificado si está dentro de las posibilidades de la institución.
Liquidación del contrato (Artículos 60 y 61 de la ley 80 de 1993).
La liquidación de un contrato se prevé en dos casos:
Dentro del tiempo establecido en los pliegos de condiciones o en el propio contrato.
-En los cuatro meses siguientes a la finalización del contrato.
-A su terminación unilateral por parte de la institución.
-Por mutuo acuerdo de las partes.

La legalización de la liquidación del contrato se formaliza mediante la suscripción de un acta que contendrá la sucesión de los eventos que hicieron posible la declaratoria de Paz y Salvo. Solo se liquidaran aquellos contratos que superen los 15 salarios mínimos.

2.4.3 LICITACIÓN PÚBLICA O CONCURSO DE MÉRITOS
2.4.3.1 Etapa Preparatoria

· Elaboración de los estudios previos, estudios de prefactibilidad o factibilidad. (Artículos 25-7,25-12,26-13 ley 80 de 1993; Artículo 8 decreto 2170 de 2002). Y decreto 2474 de 2008.
Las entidades estatales están obligadas a llevar a cabo los estudios previos que garanticen el cumplimiento de los fines del contrato, los cuales incluirán como mínimo, la comprobación de la necesidad de la adquisición del servicio, obra o labor a que el contrato se refiere, la conveniencia y oportunidad del contrato y su adecuación a los planes de desarrollo, inversión, de adquisición de productos o servicios y al presupuesto. Cuando sea necesario, el estudio estará acompañado de diseños, planos y evaluaciones de prefactibilidad.
· Elaboración y publicación del proyecto de pliegos de condiciones o términos de referencia (Artículo 1º del decreto 2170 de 2002).
Elaboración
- Objeto, plazo y forma de pago del contrato.
- Presupuesto oficial previsto.
- Lugar y fecha para presentar observaciones.
- Lugar y fecha para la realización de audiencias de aclaración o de conformación dinámica de las ofertas, si a ello hubiere lugar.
- Lugar de la ejecución del objeto contractual.
- Las calidades y requisitos mínimos que deben reunir los oferentes.
- La capacidad mínima de contratación requerida.
- Las condiciones operativas y técnicas de la contratación.

Publicación
Las condiciones de publicación para dichos documentos son:
- Publicación en la página web de la institución con una antelación no menor de diez días, si la hubiere.
- Si la entidad no tuviere página web, publicará aviso en un diario de amplia circulación nacional, departamental o municipal o comunicarlo por algún mecanismo que para el efecto determine la entidad, de manera que permita a la ciudadanía conocer su contenido.

· Recepción de observaciones y sugerencias al proyecto de pliegos de condiciones o términos de referencia. (Artículo 1º numeral 1, artículo 21 decreto 2170 de 2002).
El recibo de las observaciones de los interesados, a los pliegos de condiciones o términos de referencia, se hará en un término prudencial previamente establecido por la institución en aviso donde se menciona el día y la hora en que se cierra la recepción de las mismas. El término en tiempo coincide con el de la publicación de los pliegos de condiciones o términos de referencia.
· Ajuste y elaboración de pliegos de condiciones o términos de referencia definitivos (Artículo 24-5, artículo 26-3, artículo 30-2 ley 80 de 1993).
La institución analizará las observaciones presentadas al proyecto de pliegos de condiciones o términos de referencia y si las juzga pertinentes, podrá incluirlas en el texto definitivo de tales documentos. Tenidas en cuenta o no, las observaciones serán conservadas por la institución como documento integral del respectivo proceso contractual, en gracia a que ellos constituyen la ley del contrato y su claridad y objetividad son pilares del principio de Transparencia. En el caso de licitación o concurso de méritos, además de los estudios de prefactibilidad, factibilidad y conveniencia requeridos, se debe verificar si el proyecto se inscrito en el Banco Nacional de Proyectos, cuando se afecte el rubro de Inversión.
· Obtención del Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP). Artículo 25 numeral 6, ley 80 de 1993).
Su obtención es requisito indispensable para realizar la contratación. En él se debe indicar con claridad el rubro afectado. Cuando la contratación requiera el trámite de Vigencias Futuras, cuando el contrato con duración superior a un año, estas deberán diligenciarse de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 111 de 1996- Ley Orgánica del Presupuesto.
· Reporte de la apertura de la licitación a la Cámara de Comercio. (Artículo 22-7, ley 80 de 1993; artículo 12, decreto 856 de 1994).
De manera complementaria a la elaboración definitiva de los pliegos de condiciones o términos de referencia y a la obtención del certificado de disponibilidad presupuestal, vale decir, cuando la institución ha tomado la decisión de iniciar el proceso licitatorio, debe remitir a la Cámara de Comercio del lugar, la información general de la licitación o concurso.

2.4.3.2 Etapa Precontractual o de Selección del proponente
· Resolución de Apertura de la licitación o concurso. (Artículo 12, 25-12, 30-1 ley 80 de 1993; artículo 9 ley 498 de 1998).
Cumplida la etapa preparatoria del proceso, el representante legal de la entidad, profiere acto administrativo debidamente motivado a través del cual se declara abierta la licitación o concurso precisando todos aquellos datos que describan en sus generalidades la contratación a realizar. En este documento se incluirán las fechas de apertura y cierre del proceso licitatorio.
· Invitación de acompañamiento para el ejercicio del control social. (Artículo 66 de la ley 80 de 1993 y artículo 9 del decreto 2170 de 2002).
En esta etapa, la Institución debe cursar invitación a la ciudadanía a ejercer el control social de la contratación en curso para que emita opiniones y recomendaciones sobre el diseño y la elaboración de los proyectos de pliegos y pliegos de condiciones y facilitar la gestión ciudadana, dejando a disposición de ella la información y documentación requerida para su consulta. Haciendo salvedad de que el costo de las copias será asumido por los interesados y las peticiones se resolverán en los términos consagrados por el Código Contencioso Administrativo para los derechos de petición. Los mecanismos de acompañamiento más usuales son: Asociación de Padres de Familia, Juntas de Acción Comunal, Veedurías Ciudadanas y similares.
· Publicación del aviso de apertura de la licitación o concurso. (Artículo 24-6 y 30-3 de la ley 80 de 1993).
Se deberán publicar hasta tres avisos dentro de los diez o veinte días calendarios anteriores a la fecha de apertura de la licitación, en diarios de amplia circulación en el Municipio de Valledupar, en los que se indique el objeto y las características esenciales de la contratación.
· Distribución o venta del pliego de condiciones o términos de referencia y publicación de su contenido. (Artículo 2, numeral 4, artículo 21 decreto 2170 de 2002).
Distribución
En la fecha y la hora señaladas en el pliego de condiciones o términos de referencia y en el acto de apertura del proceso, la Institución procederá a la distribución o venta de los pliegos o términos de referencia.
Publicación
La institución deberá publicar el texto definitivo de los pliegos de condiciones o términos de referencia, haciendo uso de las opciones de comunicación descritas en numerales anteriores. La posibilidad de consulta y publicación de estos documentos deberá mantenerse hasta la suscripción del contrato.
· Audiencia de aclaración de los pliegos de condiciones o términos de referencia. (Artículo 30-4 ley 80 de 1993; artículo 22 decreto 2170 de 2002).
A solicitud de cualquiera de las personas que adquirieron los pliegos de condiciones o términos de referencia, la institución podrá realizar una audiencia en la que los licitantes tendrán la oportunidad de que le sean absueltas sus inquietudes. Del desarrollo de esta audiencia quedará constancia en un acta, copias de la cual serán enviadas a todos aquellos que la solicitaron.
2.4.3.2.1 Cierre de la Licitación o Concurso de Méritos
· Cierre y recepción de las ofertas. (Artículo 30-5 ley 80 de 1993).
La Institución recibirá las ofertas en la fecha, hora y condiciones
previstas en los pliegos de condiciones o términos de referencia.
La institución considera que no están dadas las condiciones para la conformación dinámica de la oferta; por tanto, seguirá con las etapas previstas en la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios.
· Evaluación de las ofertas. (Artículos 29, 30-7, literal B numeral 5 artículo 24 ley 80 de 1993; artículo 4 decreto 2170 de 2002).
La institución realizará el proceso de evaluación de las ofertas, de conformidad con los factores de escogencia señalados en los pliegos de condiciones o términos de referencia. Los factores técnico y económico serán fundamentales al tiempo de la ejecución de esta fase. Las experiencias, capacidad administrativa, operacional y financiera no serán evaluadas sino verificadas en su cumplimiento, a menos que se trate de un contrato para la prestación de servicios especializados, donde la experiencia y perfil del contratista tendrán un valor preponderante al momento de la selección.
· Etapa de observaciones y de permanencia de los informes de evaluación en la Secretaría de la institución. (Artículo30-8 ley 80 de 1993).
Los informes de evaluación deberán ser puestos a consideración de los proponentes durante mínimo cinco días hábiles, para que estos puedan presentar sus observaciones sin completar, adicionar o modificar sus ofertas.
· Audiencia pública de adjudicación. (Artículo 273 de la Constitución Nacional; artículos 30-9-10-11 de la ley 80 de 1993; artículo 3º del decreto 2170 de 2002).
Casos en que se puede realizar:
- Por solicitud expresa del Contralor Municipal de Valledupar
- Por determinación de la institución
Forma y Tiempo de realización:
Se podrá cumplir en dos etapas y en días diferentes.
En la primera etapa se socializará el proyecto de respuesta a las observaciones presentadas por los oferentes en el proceso anterior, como para escucharlos en relación con la falta de respuesta a las observaciones presentadas o para señalar cuando alguna de estas fue presentada en forma incompleta. Las intervenciones serán de duración limitada para que todas las personas presentes tengan derecho al uso de la palabra.
En la segunda etapa se cumplirá el acto de adjudicación, en el cual se deberán resolver todas las observaciones formuladas. El contenido de dicho acto deberá ser notificado a los proponentes y puesto a la disposición de la ciudadanía en general haciendo uso de los medios de comunicación disponibles.

2.4.3.3 Etapa Contractual
· Elaboración y perfeccionamiento del contrato. (Artículos 25-8,25-13,25-14,25-19, 30-9,40 y 41 de la ley 80 de 1993; Artículos 17 y 18 del decreto 679 de 1994).
La suscripción del contrato de vida jurídica a las obligaciones consagradas en él. Pese a su perfeccionamiento, el contrato solo podrá iniciarse una vez aprobada la garantía única constituida por el contratista y respaldada la disponibilidad presupuestal mediante la expedición del Registro correspondiente.
Para este tipo de contratos, la garantía única estará representada en pólizas expedidas por compañías aseguradoras legalmente autorizadas para prestar este servicio en Colombia. Con la suscripción de ella, el contratista avala el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, la cual se mantendrá vigente durante su vida y liquidación y se ajustará a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado; la prolongación de sus efectos, y tratándose de pólizas no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral.

Seguimiento Técnico, Administrativo y jurídico del contrato
Esta fase corresponde a la vigilancia y acompañamiento a la ejecución del contrato por parte del contratista, de la cual depende su adecuado cumplimiento. Las condiciones para su desarrollo dependerán de lo previsto en los pliegos de condiciones o términos de referencia en materia de reuniones, términos para la presentación de informes, garantías etc.
Con el propósito de asegurar el cumplimiento del objeto contractual y en caso de requerirse el señalamiento de las responsabilidades por la no ejecución o cumplimiento parcial del mismo, es obligatoria la designación de un supervisor o interventor quien deberá emitir en forma periódica informes en los que se consignen las observaciones al cumplimiento y desarrollo del contrato. Si la institución no tuviere dentro de su planta de personal funcionarios idóneos, puede solicitar apoyo a la Administración Municipal o si está en sus posibilidades, contratar un interventor externo calificado. Su cabal desempeño es de vital importancia, por cuanto de sus informes se pueden derivar acciones de carácter penal, disciplinario o fiscal e igualmente se pueden hacer efectivas las cláusulas exorbitantes.
Los informes de interventoría deberán hacer parte integral de la historia del contrato, la institución debe hacerse responsable de la custodia de los mismos e igualmente hacerlos conocer de la ciudadanía utilizando los medios tecnológicos a su alcance.
Liquidación del contrato (Artículos 60 y 61 de la ley 80 de 1993)
Los contratos de tracto sucesivo, aquellos cuya ejecución o cumplimiento se
prolonga en el tiempo y todos los que lo requieran, deberán ser objeto de
liquidación, una vez lo hayan acordado las partes

La liquidación de un contrato se prevé en dos casos:
Dentro del tiempo establecido en los pliegos de condiciones o en el propio contrato.
En los cuatro meses siguientes a la finalización del contrato.
-A su terminación unilateral por parte de la institución.
-Por mutuo acuerdo de las partes.
La legalización de la liquidación del contrato se formaliza mediante la suscripción de un acta que contendrá la sucesión de eventos que hicieron posible la declaratoria de Paz y Salvo.

2.4.4 CONVENIOS

En el presente Manual se entenderá por Convenio un pacto manifiesto en forma escrita, por virtud del cual dos o más organismos, gubernamentales o no, manifiestan su voluntad de desarrollar una o más actividades en forma conjunta, que originan obligaciones de cooperación. De los convenios se podrán originar contratos específicos que de modo independiente y autónomo, cumplan el objeto y los fines del correspondiente convenio.
Los contratos que resulten de los convenios podrán estar sujetos a formalidades especiales, de acuerdo con lo establecido en el presente Manual.



2.4.5 TIEMPOS PARA LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN.
La institución establece tiempos aproximados para legalizar los
Procesos contractuales que puede asumir, de la siguiente manera:
Contratos con cuantía no superior a 20 SMMLV: Diez días
Contratos con cuantía entre 20 y 280 SMMLV : Veinte días
Licitación pública o concurso de méritos : Cuarenta y cinco días
Contrataciones especiales : Treinta días
No obstante lo anterior, deberá tenerse en cuenta que dependiendo de la
Complejidad del objeto a contratar los tiempos podrán aumentar o disminuir
Según el caso.

2.4.6 CALIFICACIÓN
Esta comprende los criterios de verificación y los criterios de evaluación.

2.4.6.1 Criterios de Verificación.

2.4.6.1.1 Jurídicos:
Se verificarán los requisitos esenciales de orden legal exigidos en los pliegos de condiciones y en la normatividad nacional, teniendo en cuenta que algunos de ellos pueden o no subsanarse.

Para los requisitos subsanables, la Institución fijará un período prudencial para que los mismos sean subsanados; en caso de no aportarse los documentos en el tiempo fijado, serán eliminadas del proceso dichas propuestas.
2.4.6.1.2 Técnicos:
La verificación técnica de las propuestas se adelanta teniendo como marco lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 y el decreto 2474 del 7 de Julio de 2008, Decreto 4791 del 19 de Diciembre de 2008, el pliego de condiciones y demás normas vigentes sobre la materia, y realizando:
· Verificación de todos los aspectos establecidos como requisitos
Mínimos técnicos para ejecutar el objeto.
· El recurso Humano con sus respectivas exigencias.
· Equipos y Tecnologías.
· Revisión matemática de precios, conforme a los estudios de costos previos.
Como conclusión de esta verificación, serán eliminadas del proceso las propuestas que no cumplan los requisitos de carácter técnico.
2.4.6.2 Criterios de Evaluación.

Esta dividido en 3 partes: Económicos, Financieros y Experiencia.

2.4.6.2.1 Económicos:

A las propuestas elegibles se les hará las correcciones aritméticas si hubiere lugar a ellas, siempre que la ley lo permita y no implique un mejoramiento de la propuesta en el formulario de cantidades y precios.
Cuando existan discrepancias entre los precios de la propuesta y sus correspondientes análisis de precios, regirán los precios que aparecen en los análisis de precios, corregidos aritméticamente, si a ello hubiere lugar, tal como se expresó en el párrafo anterior. Verificada la exactitud de los cálculos numéricos requeridos para obtener el valor total de la propuesta, se elabora un cuadro contentivo del resumen del análisis de las propuestas, en el que se define el cumplimiento de los documentos señalados como esenciales en el pliego de condiciones.

2.4.6.2.2 Financieros:

La evaluación financiera de las propuestas se realiza con base en los índices financieros calculados para cada proponente y cuyos valores mínimos se han establecido como requerimiento en cada uno de los pliegos de condiciones.
Dichos índices están relacionados con elementos como el índice de liquidez, el capital de trabajo u otros indicadores que para cada proceso se considere pertinente evaluar; en general los índices financieros son indicadores que le permiten a la Administración determinar conforme a la información aportada, la capacidad y la estabilidad financiera del proponente.
Como conclusión de esta evaluación, serán eliminadas del proceso las propuestas que no cumplan los requisitos de carácter financiero.
2.4.6.2.3 Experiencia:
La evaluación de la experiencia se deberá hacer conforme a lo exigido en los pliegos, podrá no sólo evaluarse la experiencia general sino también la específica del proponente.
Como conclusión de esta evaluación, serán eliminadas del proceso las propuestas que no cumplan los requisitos de experiencia.

2.4.7 VALOR PLIEGO DE CONDICIONES

La Institución cobrará los pliegos de condiciones de todos aquellos
Procesos de contratación cuyo valor sea superior a 280 y el valor se
diferenciará dependiendo de lo siguiente:
Si contempla varios ítems o grupos caso en el cual se podrán hacer adjudicaciones parciales, corresponderá al 70% del uno (1) por mil del valor del presupuesto oficial establecido para la contratación:
Si es un solo ítem u objeto único, caso en el cual no habrá adjudicaciones parciales, corresponderá al uno por mil del valor del presupuesto oficial establecido para la contratación.

Capítulo 3. INTERVENTORIA Y VIGILANCIA
3.1 De la Interventoría. La función de vigilancia y supervisión contractual deberá ser de carácter técnico, económico, administrativo y jurídico y se ejercerá a través de un servidor de la institución docente, administrativo o un tercero, quien podrá ser persona natural o jurídica, con experiencia en el área objeto del contrato.
3.2 De las Veedurías Ciudadanas. Todas las actuaciones contractuales de la institución estarán sometidas al control, supervisión y vigilancia de las Veedurías Ciudadanas.


3.3 Funciones generales del Interventor
a. Ejercer el seguimiento y control integral del cumplimiento de todas las obligaciones contractuales inherentes al contrato.
b. Revisar y refrendar periódicamente los gastos que ocasionen los contratos durante la ejecución de los mismos, de acuerdo con las estipulaciones contractuales y las disposiciones vigentes.
c. Exigir al contratista el cumplimiento de sus funciones y presentación de los documentos requeridos, de conformidad con los pliegos de condiciones o términos de referencia, la propuesta y el contrato o convenio respectivo.
d. Exigir al contratista la dedicación y permanencia del personal al frente de los trabajos o labores, así como la de los bienes y servicios que requiera para la ejecución del contrato. Igualmente, verificar la idoneidad del personal calificado y solicitar a la Institución los cambios que considere pertinentes.
e. Conceptuar oportunamente sobre las necesidades de suspensión del contrato y reanudación del mismo cuando se hayan superado las circunstancias que dieron lugar a dicha suspensión y elaborar las respectivas actas, para consideración y firma del ordenador del gasto y del contratista.
f. Mantener bajo su cuidado y custodia, copias de los documentos contractuales y financieros del proyecto.
g. Atender las solicitudes, consultas y reclamaciones de los contratistas y hacer las observaciones que estime convenientes al ordenador del gasto correspondiente.
h. Presentar informes periódicos de carácter técnico y financiero, si es del caso, previa revisión de documentos soporte, sobre la actividad contractual cuyo control se encuentre a su cargo, con destino al ordenador del gasto o a la instancia acordada en el contrato.
i. Verificar que el personal que vincule el contratista a la ejecución del contrato, esté afiliado al sistema general de seguridad social en salud, pensión, riesgos profesionales y que éste cumpla también con las obligaciones parafiscales, en los términos de la normatividad vigente sobre el particular.
j. Elaborar las actas e informes que correspondan a sus funciones y el cronograma de ejecución del contrato.
k. Velar por la calidad de los servicios, bienes y materiales del objeto contractual.
l. Presentar el acta de liquidación definitiva de los contratos o convenios respectivos.
m. Todas las demás que correspondan a la naturaleza del cargo.
Cuando el Interventor o Supervisor sea servidor de planta de la institución, el Rector le comunicará su designación por escrito, indicándole cuales serán sus principales funciones y responsabilidades.
En el caso de ser Interventor externo, en el contrato que se celebre para tal fin, constarán de manera detallada las funciones, responsabilidades y campo de acción del mismo.

3.3.1 Ejecución de obra civil
Cuando se trate de este tipo de obra, además de las anteriores que sean del caso, el interventor tendrá las siguientes funciones principales:

a. Elaborar las actas mensuales de obras o servicios y ajustes, con base en la verificación directa y la confrontación de las preactas, actas y facturas para la aprobación respectiva.
b. Realizar visitas técnicas a los proyectos y evaluar su desempeño. En caso de incumplimiento, solicitar oportunamente a la instancia pertinente las medidas correspondientes.
c. Realizar evaluaciones periódicas sobre el avance físico de la obra en relación con el cronograma, con el fin de establecer posibles incumplimientos parciales o definitivos y solicitar al Rector, con la
debida sustentación, la imposición al contratista de las sanciones a que hubiere lugar. En todos los casos, las sanciones al contratista se impondrán previo concepto de la respectiva Secretaria General o quien haga sus veces.
d. Verificar que las cantidades relacionadas en los informes por el contratista correspondan exactamente a las ejecutadas en la obra respectiva y que cumplan las especificaciones técnicas y el control de calidad estipulado en los actos contractuales.
e. Controlar la inversión y la amortización oportuna del anticipo concedido al contratista de conformidad con el plan aprobado.
f. Vigilar que durante el desarrollo del contrato se elaboren gradualmente los documentos que se deberán presentar en el momento del recibo definitivo.
g. Realizar el recibo parcial y definitivo de la obra y suscribir el acta correspondiente.
h. Elaborar el Acta final y de liquidación del contrato y presentar el proyecto a la oficina de Contabilidad para revisión y visto bueno de la ejecución y legalización de recursos, como requisito para la suscripción por parte del Rector.
i. Conceptuar, justificar y presentar a consideración del Rector, los casos en que sea necesario adicionar mayores cantidades de obra.
j. Todas las demás que correspondan a la naturaleza del cargo.
k. Honorarios
Los honorarios del interventor, si fuere particular, serán concertados entre las partes con ajuste a las normas vigentes.
En ningún caso el Interventor podrá autorizar de manera directa, cambios en las cantidades y/o especificaciones técnicas de la obra. Todas las modificaciones que puedan requerirse para el logro integral del proyecto, deben estar previamente autorizadas por el Rector.

Capítulo 4. INFORMACION DE APOYO
4.1 Formatos de contrato
Esquemas de contratos utilizados en cada una de las modalidades, ya sean estos de bienes, servicios u obra pública.



CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES No. 129

Entre los suscritos, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía número xxxxxxxx expedida en Santa Marta, quien actúa en calidad de Rector de la Institución Educativa xxxxxxxxxxx amplia mente facultado por los miembros del Consejo Directivo de la misma, y quien en adelante se denominara CONTRATANTE por una parte, y por la otra, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx expedida en Valledupar, y Tarjeta Profesional No. -T quien en adelante se denominará el CONTRATISTA, hemos convenido en celebrar y llevar a cabo el presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales previa las siguientes consideraciones: a) Que se hace necesario contratar los servicios de un Contador b) El Rector de la Institución, autorizó la viabilidad de la contratación de un Contador para realizar los informes contables mensuales c) Que según Estudio de conveniencia y oportunidad de fecha 1 de Septiembre 2008, realizado por El Rector Esp. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx es viable, conveniente y oportuno satisfacer la necesidad señalada, mediante la contratación con una persona idónea en el objeto del contrato d) Que la Auxiliar Administrativa quien hace las veces de PAGADORA, cccccccccccccccccccccccccccccc expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1812 de Septiembre 2 de 2008 por valor de UN MILLON TRECIENTOS VEINTE MIL PESOS ($1.320.000) MCTE. e) Consecuente con lo anterior, y de conformidad con el Manual Interno de Contratación de la Institución El Rector puede Contratar hasta 20 salarios Mínimos legales vigentes f) Como quiera que dentro del proponente ,xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, cumple con los requisitos mínimos exigidos por la institución Educativa xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, ajustándose al interés de la Institución. PRIMERA.- OBJETO: CONTRATACION DE UN CONTADOR PARA LLEVAR LA CONTABILIDAD Y ELABORAR LOS INFORMES CONTABLES DE LOS MESES DE JULIO Y AGOSTO 2008 -SEGUNDA: VALOR: El valor del presente contrato es la suma de UN MILLON TRECIENTOS VEINTE MIL PESOS ($1.320.000) M.CTE. TERCERA.- FORMA DE PAGO: La Institución pagará al CONTRATISTA el valor del presente contrato así: El 100% al recibo a satisfacción del objeto contratado, CUARTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo para la ejecución del contrato es de DOS (02) Días Contados a partir de la fecha de la legalización del presente Contrato. QUINTA.- SUJECION PRESUPUESTAL. – Los pagos a que en virtud de este contrato queda obligada la Institucion será con cargo a la disponibilidad presupuestal No.1812 de fecha Dos (02) de Septiembre de 2008, según disponibilidad anexa. SEXTA: GARANTIAS.- debe entregar lo solicitado de manera satisfactoria al contratante: SEPTIMA: INTERVENTORIA. La Interventoría y coordinación del presente Contrato, quien entre otras de conformidad con el Manual Interno de Contratación de la Institución , se encargara de exigir y verificar el cumplimiento del objeto del presente Contrato OCTAVA: CESIÓN Y SUBCONTRATOS.- EL CONTRATISTA no podrá ceder ni subcontratar con persona natural o jurídica alguna, los derechos y obligaciones emanados del presente contrato, sin que medie previa autorización expresa y por escrito por parte del Ordenador del Gasto NOVENA: INHABILIDAD E INCOMPATIBILIDAD.- EL CONTRATISTA declara bajo gravedad de juramento, que no se halla incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución y la Ley, y demás normas pertinentes. DÉCIMA: REGIMEN LEGAL.- El presente contrato se rige por la ley 715 de 2001, Decreto 4791 de 2008, y el Reglamento Interno de Contratación de LA INSTITUCION EDUCATIVA . DÉCIMA PRIMERA: IMPUESTOS.- El Proveedor asumirá el costo de todos los impuestos, tasas y similares, que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. DECIMA SEGUNDA: PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN.- El presente Contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes disponibilidad y registro presupuestal. Para su legalización requiere, Antecedentes disciplinarios, RUT, Impuesto Departamental Pro-desarrollo, Prodesarrollo Fronterizo, Municipal Impuesto Pro-cultura, Reteica, Descuento Retención en la fuente por Honorarios. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía y Tarjeta Profesional, Pago Seguridad, Certificado Judicial, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. DECIMA TERCERA: DOMICILIO CONTRACTUAL.- Para todos los efectos legales del presente contrato se tendrá como domicilio contractual la ciudad de Valledupar. DECIMA CUARTA: TERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN.- El presente contrato se dará por terminado en los siguientes eventos: 1) Por cumplimiento de los objetivos generales y específicos del contrato o por extinción del plazo pactado para la ejecución; 2) Por acuerdo bilateral. 3) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados. En los eventos numerados con 2 y 3 se deberá suscribir acta donde conste tal hecho. Una vez terminado el contrato se procederá a su liquidación, la cual será cuando se le cancele el último pago en la rendición informes contables a finales de año 2008 y se le levante la respectiva acta de liquidación Para constancia se firma en Valledupar, a los 3 días del mes de Septiembre de 2009





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martes, 14 de julio de 2009

PEI BELLO HORIZONTE

CAPITULO I.

IDENTIFICACION

1.1 ANTECEDENTES HISTORICOS.

Fundación año 1995 meses marzo.
CRONOLOGÍA DE LOS HECHOS.
Las hermanas Martha Sandoval y Diana Sandoval asesoraron a un grupo de líderes comunitarios del barrio en la organización y funcionamiento de la Institución entre ellos se destaca el señor TEOFANE CARO. También participo la policía de menores en cabeza de la cabo LUZ MARINA y algunos intendentes
Se Inició labores con 87 niños
Sitio: bajo la sombra de dos (2) árboles de Ceiba.
Mobiliarios: bancos, pedazos de ladrillo y tableros colgantes
Primeros docentes: hermanos Sandoval – intendentes – teofane caro
Al final de 1995 había 200 niños y se construyo una (1) aula.
Patrocinadores y colaboradores:
La policía de menores el doctora ruben alfredo Carvajal riveira constructor –el doctor Elías Ochoa Daza ex alcalde, quien dono los terrenos, las maquinarias para limpiar el lote, los materiales de construcción para las aulas. La comunidad aportaría la mano de obra.
En 1996 se construyeron tres aulas_ 1997 tres aulas __201 tres (3) aulas y (1) una Batería Sanitaria__2002 seis(6) Aulas __ 2003 dos (2) aulas __2006 dos (2) pequeñas con recursos del subsidio Escolar concedido por el Departamento
Entrega de Pupitres.
El ex gobernador Mauricio Pimiento entrego cien (100) pupitres en el 2004 doscientos (200) Pupitres ___2005 setecientos (700) pupitres 2007 quince (15).
Otros enceres entregados: mesas para Computadores, escritorios para Docentes_ Tableros.
Colaboradores en lo Administrativo y Pedagógico.
Supervisor José Antonio Vidal __ director de núcleo: Sigifrido Moreno
Primera directora nombrada el 26 de febrero año 2001 la especialista Maribel Ardila Rodríguez. Planta de personal
Jornada de la mañana: Maria máxima López guerra, Alfredo José Mendoza Vega, Víctor Núñez, Alexis Ponton Acuña, Karina Navarro, Luz Mila Vega, Paula Duran, Sandra Mendoza.
Jornada tarde: Eladio Antonio González, Luz Ena Orcasita, Maria Inés Arias, Maria Inés Bermúdez Genecco, Lastenia Verdugo Narváez, Ismino Rangel Daza, Betty Sandoval, Sic orientadora.
En el 200 se construyeron tres (3) aulas una (1) batería sanitaria divida para niñas y otra para barones
Total de aulas diez (10)
Colaboradores en lo pedagógico y administrativo a nivel Departamental Supervisores José Antonio Vidal
Director de núcleo Sigilfredo moreno
Promotores de salud contratados que fuero docentes Karina Navarro, Mila Vega, Sandra Mendoza, Ismino Rangel Daza, Lastenia Verdugo Narváez.
Planta de personal para ese año:
Jornada Mañana: Alfredo Mendoza Vega, Reneth Maria Silva, Maria Maxima López, Romelia Sánchez, Dianas Becerra Castilla, Ana Sofía Duarte, Yoleida Beatriz Mindiola Fragoso, Víctor Núñez, William Echavez, Alexis Ponton Acuña, Elvis hinojosa,
Jornada de la Tarde: Eladio Antonio González, José Jaime Soto, Marina Rodríguez, Albenis Ochoa, Maria Inés Bermúdez, Luz Ena Orcasita, Maria Inés Arias, Belcy Munive Torres, Luís Alfredo Sarmiento.
Importancia ión de la especialista Maribel Ardila Rodríguez, organizo los dos primeros niveles de la educación Preescolar y la Básica Primaria Completa.
Construcción de seis (6) aulas en el año 2002 con aportes del plan Colombia a través de una “ONG”
Impidió la fusión de la escuela a la Institución Educativa la Esperanza, con ayuda de la comunidad Educativa Creación 6,7 de la Educación Básica Secundaria.
El 15 de agosto del 2002 se expidió la resolución de fusión de la escuela Villa Yaneth y Nuevo Amanecer a la Institución Educativa Bello Horizonte.
Por la ampliación de cobertura la Básica Secundaria y las subsedes la Directora Solicita nombramiento de un rector y se le deje como coordinadora en la jornada de la mañana consiguió el nombramiento del especialista Miguel Villazon misath en el mes de octubre.
Importancia de la administración de Miguel Villazon Docentes que envían durante su administración, Adina Espejo, Alix Espitia.
Coordinador de Villa Yaneth hornada de la mañana Marcelino Heredia.
Coordinador Nuevo Amanecer Wilfredo Cáceres.
En el 2003 los siguientes docentes Oscar Parodi, Mercedes Bonilla, Marlenis Márquez, Patricia Martínez, Ulfran Ariza Obeso, Liliana Echavez, Magali Meyer, jornada de la mañana. Para la jornada de la tarde los siguientes docentes, Olga Judith Torres, Lina Farfán, José Bernardo Puertas, Ledis Lascarro, Alba Hernández, Encino Leudo, José de la Cruz de la Rosa, y como coordinador llega el Licenciado Ramón Illera para Bello Horizonte Jornada de la tarde.
Para Villa Yaneth envían a Odixa Bastidas, Selenia García Cudriz, Omaida Sánchez.
A Nuevo Amanecer llegan Rosa de la Hoz, como docente y el Licenciado José Fernández como Coordinador en reemplazo de Wilfredo Cáceres.
Con la ayuda del líder comunitario Teofane Caro el rector logra que se construyan dos (2) aulas mas para un total de 18 aulas en Bello Horizonte también en Villa Yaneth consigue la construcción de aulas.
Al iniciar el año 2004 hubo cambio de rector debido a la reorganización realizada por la Secretaria de Educación Municipal.
Llega la Especialista Sonia Isabel Cuello Cuello como rectora.
Importancia a la administración: nombramientos en provisionalidad Amahadi Parodi Guerra en el área de Matemáticas, Sandra González en el área de Sociales.
Traslados de Villa Yaneth a Bello Horizonte: Dilia Bocanegra Maecha y Selenia García Cudriz ambas para el Bachillerato.
Se crea los grados 8 y 9 y se consiguen 200 pupitres.
Se traslada a Nidya Esther Ardila Sánchez, como Secretaria de la Institución por contrato de la alcaldía llega Luz Elena Márquez Uribe como Digitadota.
En el 2005 se crea 10 de la educación media llega el docente Alveiro Ardila Rodríguez en reemplazo de la docente Sandra González, reubicados llegan los docentes Oscar Luís
Martines Flores, Gerardo Pallares Melo, Yaneth Gutiérrez Mier, Dolis Cecilia Salcedo, para la jornada de la mañana.
Para la jornada de la tarde: Aixa Dolí Amara Ditta.
Se consiguen 700 pupitres distribuidos en la sede y subsede el 9 de mayo fue asesinado en el mismo plantel el profesor José Alfredo Mendoza Vega.
El 16 de septiembre el asesinato del docente Luís Alfredo Sarmiento.
Lilia Fernández Agua llega el 31 de octubre.
También llegan en julio los docentes Joan Jiménez, Meris Royero, Lucia Aldana y en agosto Laura Ramírez.
El señor Alcalde Doctor Ciro Arturo Pupo Martínez, hace algunas rotaciones en marzo del 2006 a la especialista Sonia Isabel Cuello Cuello la regresa a la Institución Educativa Enrique Pupo Martínez por el especialista Manuel Antonio Tejeda Brochero quien reemplaza en Bello Horizonte.
Hechos importantes en la administración de Manuel Antonio Tejeda Brochero.
Se traslada a Jorge Luís Patiño como pagador.
Por el hacinamiento de estudiantes en los salones, debido al traslado o unión de la escuela Nuevo Amanecer a Villa Yaneth en enero del 2006 se solicita docentes y alquiler se consigue una casa y mandan a los docentes Oscar Borda, Tais y Genis con los recursos provenientes del subsidio escolar de primaria se construyeron las siguientes obras 2006 en Villa Yaneth la sala de profesores con su respectivo baño e instalaciones eclécticas se utiliza provisionalmente como aula de clase en la jornada de la tarde sala de informática para los cuatro computadores entregados e instalados por compartel.
En Bello Horizonte la construcción de dos salones medianos con paredes a media altura techo de zinc y reja uno para preescolar y otro para undécimo en su respectiva jornada se crea el 10 de la media académica.
Al final del año es trasladada por solicitud propia la coordinadora Maribel Ardila Rodríguez a la institución educativa la esperanza por el coordinador Wilson Fernández a quien envían a Bello Horizonte se con sigue otro celador nombrado Elkin Humberto Contreras Gómez
Se instala línea telefónica con Internet de edatel en la administración Adquisición de una motobomba y tres tanques de almacenamiento de agua para mejorar el servicio a la comunidad educativa.
Se comienza el encerramiento a los predios de la instalación por parte del Doctor Ciro Arturo Pupo dono 300 pupitres.
Se legaliza el servicio electico.
Año 2007 En la sede Bello Horizonte el gobernador del cesar Doctor Hernando Molina, el secretario de infraestructura Doctor José Calixto Mejia y el secretario de educación Doctor Ciro Quiroz construyeron una batería sanitaria integradas por seis (6) inodoras para niñas y seis (6) para niños se repara la batería sanitaria existente dividiéndola para sacar dos (2) inodoras para preescolar.
Se reparara y ampliara el tanque profundo de almacenamiento de agua conectándolo a la motobomba y se pone en servicio.
Se coloca medidor de 22okw.
Se hacen reparaciones eclécticas a los salones y sanitarios.
Se crea el grada undécimo (11) de la media académica con 18 alumnos.
Se culmina el encerramiento de la institución se entregan 15 pupitres para 11 y seis (6) tableros.
Se establece convenio de prácticas de laboratorios con el Casd.
Convenios con el idree Icf la policía de menores.

Se inician en el año 2009 para finales de febrero por intermedio del convenio ley 21 - municipio la obra de construcccion de 8 aulas escolares y 3 unidades sanitaria; se da cambio en la adminstracion de la institucion del personal directivo y adminstrativo de algunos de sus miembro trayendo como propuesta ampliacion y adecuacion del aula maxima techo y piso ademas se construye una nueva sala de informatica, en cuanto al personal docente se vincualan a la institucion 5 de ellos en diferentes areas y niveles 2 para


INDICE


CAPITULO: 1. Identificación
1.1 Antecedentes Históricos
1.2 Símbolos Institucionales
1.3 Estructura Administrativa

CAPITULO: 2. Principios- Fines- Misión- Visión
2.1 Principios
2.2 Fines
2.3 Misión
2.4 Visión
2.5 Valores Institucionales
2.6 Perfil del Docente
2.7 Preceptos del Estudiante
2.8 Perfil del estudiante
2.9 Servicios que ofrecen la Institución
2.10 Requisitos de Ingreso

CAPITULO: 3. Modelos Pedagógicos
3.1 De Enseñanza
3.2 Del Currículo
3.3 De la Evaluación

CAPITULO: 4 Anexos
4.1 Manual de Convivencia
4.2 Planta de personal
4.3 Inventario General
4.4 Proyectos


1.4 Estructura Administrativa.

Los siguientes organismos integran la estructura administrativa de la institución

A: Secretaria Académica.
B: Coordinación Técnico Académica.
C: Digitadota.
D: Pagaduría.
E: Orientación y Bienestar Escolar.
F: Servicios Generales.

A: Secretaria Académica: depende del Rector. Se encarga de todo lo relacionado con la documentación legal de la institución, docentes, estudiantes, personal administrativo y de servicios, como también archivos y correspondencia, libros de calificaciones, actas de reuniones etc.
Debe estar pendiente de los requerimientos técnicos y logísticos de las dependencias institucionales.
Su lema debe ser “amabilidad, agilidad, eficacia y puntualidad en el trabajo”.

B: Coordinación Técnico Académica: depende del Rector. Es hoy lo que ayer fueron las coordinaciones académicas y de disciplina se unen estas dos funciones y acciones dado que la educación es integral.
Su lema debe ser “amabilidad, agilidad, eficacia y puntualidad en el trabajo”.
Le corresponde organizar, coordinar y reforzar a los directores de grupo, los turnos de acompañamiento, los patrulleros de convivencia, al comité ecológico y ambiental, a las comisiones de evaluación y promoción y al consejo académico. Estudio y asignación académica.

C: Digitadora: Se encarga de todo lo relacionado con el procesamiento del sofwar académico.
Listado de alumnos, planillas de calificaciones plan de estudios en los correspondientes niveles, estándares, competencias y logros e indicadores de logros, procesamiento de los informes académicos etc.
Su lema debe ser “amabilidad, agilidad, eficacia y puntualidad”.

D: Pagaduría: Depende del rector. Se encarga de todo lo relacionado con la parte financiera de la institución: cobro de matriculas y pensiones
Llevar al día los libros contables, los ingresos y los egresos; la disponibilidad presupuestal el inventario de bienes, los pagos acreedores.
Participas en la consecución de aportes y ayudas a la institución.
Su lema debe ser “amabilidad, agilidad, eficacia y puntualidad en el trabajo”

E: Orientación y Bienestar Escolar: Depende del rector. Se encarga de todo lo relacionado en programas, proyectos y servicios para mejorar la calidad de vida de la comunidad educativa bajo la responsabilidad de las psicorientadoras.
Tienen a su cargo: los servicios de tienda escolar, comedor, escuela para familia, comité de primeros auxilios, campañas de salud, de convivencia y tolerancia.

F: Servicios Generales: Depende del Rector.

· La Aseadora: Se encarga del aseo en toda la institución educativa, se responsabiliza de todos los materiales e implementos de aseo su lema debe ser “amabilidad, agilidad, eficiencia y aseo total”.
· Los Celadores: Se encarga de la celaduría y seguridad del plantel pasar revista constante a todas las dependencias, a los tanques de almacenamiento de agua arriba y abajo, la motobomba, abrir y cerrar los sanitarios y los portones.

Capitulo 2

Principios-fines-misión-visión….

2.1. Principios: Descentralización del trabajo, delegación de funciones entre los miembros de la comunidad previa unificación de criterios y de mandos.
· Trabajo en equipo y lograr eficacia y eficiencia
· Generación de ambientes calidos y de apoyo, donde se permitan relaciones humanas de calidad en la comunidad educativa
· El mejoramiento continuo en la comunidad educativa
· La evaluación, la auto evaluación y el control de calidad para el mejoramiento continuo.

2.2. Fines: Creación y fomento de una conciencia colectiva
· Fomento de las competencias ciudadanas para la participación, el diálogo


· Educar para el pleno desarrollo de la personalidad
· Conciencia por el respeto y valor por la vida
· Desarrollar en el estudiante el interés, la creatividad, el conocimiento y el saber
· Fomentar en el estudiante el interés por la salud, la recreación y el deporte, la protección de la naturaleza y el medio ambiente
· Fomentar la calidad humana y la excelencia educativa

Espacios para llegar a esos fines

· El dialogo y control de calidad pedagógica.
· La dirección de grupo.
· El gobierno escolar.
· Los equipos de trabajo.
· Los proyectos pedagógicos.
· Los juegos, campeonatos deportivos y jornadas culturales.
· Los patrulleros de convivencia.
· La coordinación técnico-pedagógica.

2.3 Misión: Formar integralmente a los educandos sin distingos de raza, religión y condición económica desde el nivel preescolar hasta el grado 11º de la media académica, basado en un currículo humanista que desarrolla al ser y estimula la pro actividad en la construcción del proyecto de vida.

2.4: Visión: La institución se convertirá en el polo de desarrollo educativo en la zona del núcleo no.6 impartiendo una educación con énfasis en la calidad humana y excelencia educativa con personal Docentes y Administrativo idóneo capacitado y con talento permitiéndole a nuestros estudiantes la mejora continua en las pruebas saber e icfes y con alta dosis de sensibilidad social , participando en el mejoramiento en la calidad de vida del sector.

2.5. Valores institucionales: Nos proponemos impulsar con toda intensidad los siguientes valores.

· La responsabilidad
· La lealtad
· La honestidad
· La fraternidad
· La cooperación
· La solidaridad
· El respeto
· El afecto
· La sensibilidad social
· La productividad material y espiritual

2.6. Perfil del docente:

· Disposición al cambio y ala innovación tecnológica y proyectarlas.
· Ser reflexivo y critico en sus conocimientos y practicas pedagógicas.
· Orientador, para con los alumnos en su respectiva área del conocimiento y en las diferentes concepciones e ideologías sobre el mundo físico, social, político, moral y religioso.
· Gestor, de practicas democráticas y participativas.
· Ser colaborador, solidario, equilibrado y celoso de su ética profesional.
· Ser puntual, respetuoso, leal en el trabajo con sus colegas y jefes inmediatos.
· Conocedor de la legislación escolar y laboral.
· Brindar afecto y amor a sus estudiantes.

2.7. PRECEPTOS DEL ESTUDIANTE:

· Motivación en su asistencia y el estudio
· Intereses por la lectura y escritura
· Calidad y excelencia en valores y actitudes
· Pulcritud y excelente presentación personal
· Respetuoso y amable
· Liderar campañas en pro de la convivencia y la paz; la defensa del entorno y el medio ambiente
· Enfrentar con responsabilidad el compromiso personal, familiar y social

2.8. PERFIL DEL ESTUDIANTE.

· Nuestros estudiantes tendrán un Bello Horizonte siendo mejor cada día y una y una persona:

· AUTONOMIO; creando su propia conciencia y conceptos transmitiendo seguridad y confianza.

· RESPONZABLE Y CON SENTIDO DE PERTENENCIA; que sepa relacionarse y voluntad para conservar y mejorar su entorno.

· AMAR Y QUERER A SU INSTITUCIÓN

· DESARROLLE SUS HABILIDADES Y DESTREZAS.

· AMPLIA EN SUS PUNTOS DE VISTA; argumentando sus afirmaciones, analice y sintetice hechos.

· AME Y RESPETE LA VIDA; su cuerpo – su sexualidad.

· FACILITE LA ARMONIA FAMILIAR Y SOCIAL.

· CAPAZ DE CONSTRUIR SU PROYECTO DE VIDA, y lograrlo paso a paso.



2.9 SERVICIOS INSTITUCIONALES;
La institución cuenta con los siguientes servicios.
· Orientación y asesoria escolar; en la sede y subsede en la jornada de la tarde.
· Comedor escolar en ambas instituciones
· Sala de computación e Internet; incipiente en Bello Horizonte, en Villa Yaneth están los computadores pero falta la energía.

REQUISITOS DE INGRESO.

2.10. Se puede ingresar a la institución desde el preescolar hasta la media académica según.

· Disponibilidad y lleno de requisitos
· Criterios de selección
· Para el preescolar: se requiere tener 5 años de edad cumplidos.

PARA LAS TRANSFERENCIAS:

· Solicitud del acudiente.
· Solicitud de la institución de procedencia
· Presentación de documentos
· Certificados de estudio
· Fotocopias del carnét del sisben
· Registro civil
· Certificado de desempeño disciplinario
· Estudio de documentos entrevistas formales
· Evaluación y aprobación
SIMBOLOS INSTITUCIONALES

1. ESCUDO: Nuestro Escudo esta conformado por una figura triangular en cuyos Bordes llevar implícito el nombre de la Institución.
En la parte interna encabeza el sol, que da energía al esfuerzo de la comunidad educativa; debajo de este están las montañas que nos recuerdan el paisaje que nos rodea; la antorcha y el libro nos guían a cultivar la fe, el amor, la ciencia y el sentido de pertenencia que conjugados en la convivencia diaria nos lleva a vivir el lema fina: “POR EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE VIDA”, Razón de ser de nuestra Institución.
Este logro se lleva en los Uniformes y en el membrete de los documentos Oficiales.

2. BANDERA. La Bandera la conforman tres colores:
El AZUL, en la parte superior, que representa las riquezas Hidrográficas de la Región. Pregonamos su buen uso e impulsamos los grupos estudiantiles “Amigos del Agua”.
En el centro el color BLANCO símbolo de la Pureza, la Convivencia, Tolerancia y la Paz que forjamos en la Institución.
En la parte inferior lo ocupa el color VERDE; que simboliza el color de las Montañas y la Naturaleza Viviente de Nuestra Región pregonamos su CONSERVACION y PROTECCION.
Las dimensiones en su distribución son equitativas en sus tres colores.

3. PERDON. Es el tercer símbolo que representa el plantel en actividades que se realizan dentro o fuera de éste y consolida en un solo espacio la BANDERA Y EL ESCUDO.


MODELO PEDEGOGICO PROCESAL HUMANISTICO

· Procesos de cambios planificados a partir del contexto Histórico – Social produciendo cambios en el currículo, garantizando el ascenso gradual a la excelencia Educativa.
· Enfocado hacia la Calidad Humana y excelencia Educativa.
· LA CALIDAD HUMANA, se reflejará en la satisfacción de las Necesidades Básicas que se desprenden del concepto de Hombre.
· LA EXCELENCIA EDUCATIVA, implica una Educación integral con principios que permanezcan en los dominios de la Ética, la Estética y lo trascendente. Que rebose el límite de la Institución sin brindar; lo técnico y lo Científico.
· LA EXCELENCIA EDUCATIVA, puede lograse mediante procesos Escolares que garantizan el Desarrollo Humano a través de una teoría de Aprendizaje de carácter interactiva que supone. Un plano social que hace relación ala Vida cotidiana y un plano individual que hace relación al aprendizaje como proceso evolutivo por el cual el Estudiante construye en la secuencia desequilibrio – equilibrio.

MODELO PEDAGOGICO INSTRUMENTAL HUMANISTA

· ORIENTADO HACIA LA CALIDAD HUMANA y la Excelencia Educativa, centrando en la persona cuyos a tributos son:
Singularidad – Autonomía – Apertura – Trascendencia.
· LA SINGULARIDAD, se manifiesta en la creatividad que se hace mediante el desarrollo de la imaginación.
· El diagnostico personal, que es tarea primaria del equipo de orientación.
· La atención a intereses y necesidades que se logran escogiendo y optando, diversificando y clasificando.
· La atención al ritmo Personal, se hace realidad multiplicando las oportunidades.
· La facilitación de espacios a la iniciatividad, será realidad si se crean centros de interés.
· La estimulación intelectual, se hará dando oportunidad de optar en trabajos por proyectos.
· La Autonomía: se manifiesta, en la libertad – la autodisciplina, el aotugobierno, en las responsabilidades y en la posibilidad de elegir y optar.
· La Apertura: se hace concreta a través de la comunicación favoreciendo situaciones de dialogo.
El trabajo en equipo, que favorece la situación de aprendizaje.
Los espacios de Expresión, que son reales cuando se crean los centros de interés.
El ejercicio de la convivencia y tolerancia, es real si propicia el respeto por la diferencia.
· La Trascendencia, que se manifiesta en el ejercicio de valores humanos de escala superior.
· Principios Éticos - religiosos y el ejercicios de la espiritualidad que se hacen visibles en la vida cotidiana.
· La elaboración del proyecto de la vida asesorados debidamente por la Psicorientación – los Directores de grupo y el área de ética y valores.


DISEÑO CURRICULAR PROCESUAL HUMANISTA

En marcado en dos Principios: la Calidad Humana y la excelencia Educativa.
· Se orientan hacia la pedagogía humanista, la Resolución de problemas, el manejo de procesos y la interdisciplinariedad.
· La Pedagogía Humanista forma un Estudiante artífice de situaciones significativas.
· Un interlocutor de los Aprendizajes.
· Un facilitador en la producción de conocimientos.
· La Resolución de problemas como una metodología que permite plantear preguntas y problemas soluciones.
· El manejo de procesos de investigación partiendo de la cotidianidad y privilegiando como método la observación sin excluir otros métodos.
La interdisciplinariedad entendida como trabajo en equipo con lenguaje común valido, con el fin de articular e integrar los conocimientos.

DISEÑO CURRICULAR INSTRUMENTAL HUMANISTA
Basado en la Calidad Humana y la excelencia Educativa. Los cuales se garantizan cuando el proceso pedagógico se concentra en la teoría critica cumpliendo su tarea fundamental que es organizar la búsqueda intelectual con miras a la resolución de problemas.
· Cuando los Docentes redescubren, su papel de Orientadores del proceso pedagógico alimentando la motivación del Estudiante y manteniéndolos en situaciones de desequilibrio y reequilibrio propia de los procesos dialécticos.
· Cuando los Estudiantes superen el estado actual de crecimiento: asumiendo liderazgo – investigando – comparando conocimientos- reconstruyendo conocimientos y valores.
· Cuando los planes y programas contengan estrategias para el desarrollo de: Las Habilidades para observar – los criterios para analizar y tomar decisiones las Habilidades: Comunicativas- interpretativas – argeomentativas y las propositivas.
· Cuando los planes y programas de las diferentes áreas sean consideradas como espacios posibilitadores de experiencias Educativas donde se plantean y analicen diferentes formas de ver el mundo.
· Cuando las metodologías propuestas sean activas y favorezcan los procesos dialécticos y privilegien el protagonismo de los Estudiantes.